Obligaciones del secretario de una comunidad de vecinos
Requisitos para los miembros de la junta directiva del hoa
Avisar con la debida antelación: el secretario es responsable de avisar con la debida antelación de las reuniones de la junta directiva y de los miembros de acuerdo con los requisitos de los documentos de gobierno. Esto significa notificar con el número mínimo de días de antelación y asegurarse de que la notificación incluye toda la información necesaria. No sólo el "quién", el "dónde" y el "cuándo", sino también el "qué". Una buena convocatoria explicará claramente a la comunidad qué temas se van a tratar en una reunión concreta y su relevancia para el propietario.
Elaboración del orden del día: el secretario se coordina con el presidente de la asociación para elaborar el contenido del orden del día de la reunión. El secretario debe reunirse con el presidente antes de finalizar el orden del día para identificar los puntos del mismo y el tiempo necesario para cada uno de ellos. El secretario puede prestar un servicio adicional al presidente sirviendo también de cronometrador de la reunión. El orden del día debe distribuirse antes de la reunión de la junta directiva para que los miembros de la junta tengan tiempo suficiente para revisarlo y prepararse para el debate. Sus documentos de gobierno probablemente indicarán con cuántos días de antelación debe distribuirse el orden del día antes de la reunión de la junta.
Funciones del hoa
Hay cinco roles fundamentales en la junta directiva de un condominio que necesitan ser llenados para tener éxito. Una comunidad de condominios necesita una junta directiva dedicada que entienda sus funciones y responsabilidades y esté comprometida con la representación justa de los residentes para los que han sido elegidos. Formada por voluntarios, los miembros de la junta comparten un interés común, el lugar al que llaman hogar, y ayudan a garantizar que todos los miembros de la comunidad sean escuchados y se aborden los problemas comunes.
La junta directiva del condominio debe enfocar la operación de su corporación de condominio como un negocio. Es su responsabilidad proteger todas las inversiones e intereses de los propietarios. Las tareas incluyen el mantenimiento de la propiedad común, la gestión de las finanzas y la creación de políticas que promuevan la armonía entre las personas que viven en un entorno multifamiliar, quizás por primera vez.
Para ello, la junta directiva debe reunirse periódicamente para fijar objetivos, interpretar y administrar los estatutos y tomar decisiones en nombre de su comunidad. Las juntas directivas de condominio eficaces son aquellas cuyos miembros se respetan mutuamente y trabajan juntos con espíritu de cooperación.
Funciones de los miembros de la junta directiva del condominio
Las sociedades de condominio están dirigidas por juntas directivas de tres, cinco, siete y nueve miembros. Esto se indica en la declaración y en los estatutos que se adoptaron cuando se constituyó la unidad. Estas son las personas que deciden en una corporación.
Los propietarios que tienen intereses creados se agrupan en varios comités que recopilan información, celebran reuniones e informan al consejo de administración. Cuando el número de miembros del consejo de administración lo permite, un director especializado dirige el trabajo de los comités.
Funciones del presidente de Hoa
La diferencia entre los directores y los funcionarios es la siguiente: Los directores son miembros de la junta elegidos por los propietarios. Los directivos son personas nombradas por la junta para cumplir ciertas funciones, generalmente son directores. Por lo tanto, normalmente todos los oficiales son directores, es decir, son nombrados dentro de la junta elegida por los propietarios.
Un director que es oficial puede ser removido como oficial por la junta; él o ella puede decidir si permanece o no en la junta como director; la remoción como oficial no necesariamente lleva a la renuncia como director. Sin embargo, las juntas directivas no pueden destituir a los directores a menos que soliciten una reunión de propietarios para este fin específico.
Como mínimo, una corporación de condominios debe tener dos funcionarios: un presidente y un secretario corporativo. Este es el mínimo de acuerdo con la Ley de Condominios. Muchas juntas también tienen uno o más vicepresidentes y un tesorero.
Un miembro de la junta puede combinar dos funciones. Por ejemplo, un presidente o vicepresidente puede ser también el tesorero, ya que estas funciones de liderazgo se complementan entre sí. O el secretario puede ser también el tesorero.