1000comunidades | La supresión de barreras arquitectónicas, una obligación de las Comunidades de Vecinos
16229
post-template-default,single,single-post,postid-16229,single-format-standard,qode-listing-1.0.1,qode-social-login-1.0,qode-news-1.0.2,qode-quick-links-1.0,qode-restaurant-1.0,ajax_fade,page_not_loaded,,qode-theme-ver-13.0,qode-theme-bridge,bridge,wpb-js-composer js-comp-ver-5.4.4,vc_responsive
 

La supresión de barreras arquitectónicas, una obligación de las Comunidades de Vecinos

La-supresion-de-barreras-arquitectonicas-obligación-de-las-Comunidades-de-Vecinos

La supresión de barreras arquitectónicas, una obligación de las Comunidades de Vecinos

Si tienes más de 70 años o tienes problemas de movilidad y quieres que en tu edificio se supriman las barreras arquitectónicas que te hacen el día a día más difícil, has de saber que simplemente tienes que solicitarlo, ya que desde el año 2017 y gracias a la Ley de Propiedad Occidental,  las Comunidades de Vecinos están obligadas a acometer estas obras.

Uno de los objetivos de esa ley es que la construcción accesible se convierta en un factor imprescindible a tener en cuenta en cualquier edificación: en primer lugar, para lograr un desarrollo más sostenible del planeta, y por otro, porque se debe garantizar la autonomía de cualquier persona en pos de su integración social.

Además, la ley es muy clara en el aspecto económico: los gastos de estas obras deben ser cubiertos por todos los vecinos, siempre que el importe repercutido anualmente, descontadas las subvenciones o ayudas públicas, no supere las doce mensualidades ordinarias de gastos comunes.

banner-interior-blog

¿Cuáles son los pasos para solicitarlo?

Para pedir la realización de estas obras, la persona que necesite la supresión de estas barreras deberá comunicar al presidente de la comunidad de propietarios (o la mancomunidad) la razón por la son necesarias esas reformas de accesibilidad.

Una vez solicitado, se deberá realizar un estudio para poder garantizar que, el edificio objeto de esas obras, puede ser modificado para que sea accesible. Bien es cierto que, la mayoría de las veces, existe una solución intermedia (sin la realización de obras de gran calado)  que pueden lograr esa mejora de la accesibilidad.

Obras más comunes

Las obras más comunes suelen ser las rampas que, por norma, no pueden tener más del 12% de pendiente, y la instalación de un elevador que garantice una mejora de la movilidad por los espacios comunes del edificio.

Con frecuencia, el coste de las obras para instalar un ascensor es muy elevado, por lo que se suele optar por una plataforma ‘subeescaleras’. Otra solución es la instalación de un ‘salvaescaleras’, aunque esta opción solo es válida para las personas mayores que tienen problemas de movilidad, porque no puede ser utilizada por aquellas otras que se desplazan en silla de ruedas.

Subvenciones y ayudas

Todas las Comunidades Autónomas tienen ya sus propios planes de vivienda en los que se contemplan ayudas para acometer esas obras de accesibilidad. El Gobierno de la Región de Murcia, por ejemplo, contempla 14 millones de euros para ello. Los beneficiarios podrán recibir ayudas de 14.000 a 17.000 euros para hacer más accesibles sus viviendas o los espacios comunes de los edificios.

¿Tienes problemas de accesibilidad en tu comunidad de vecinos? ¿Has tenido algún problema para que se lleven a cabo estas obras de mejora? Como has podido ver en este artículo, esas obras son un derecho si tienes más de 70 años o tienes problemas de movilidad reducida, por lo que, si el presidente de tu comunidad te pone trabas solo tienes que enseñarle este post o acceder a la Ley de Protección Horizontal, donde todo está detallado y explicado.

 

Sin Comentarios

Publicar Un Comentario